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El titular de una red inalámbrica ¿puede encriptar su información?

Clasificación: 
Telecomunicaciones y radiocomunicaciones
Respuesta: 

No puede encriptar la información. En las circunstancias que se requiera de métodos de protección criptográfica debe cumplirse con lo dispuesto en las regulaciones vigentes y queda sujeto a lo que se establezca en la autorización por la Dirección Territorial que corresponda. Las regulaciones vigentes es lo establecido por el Decreto Ley 199 de 1999.

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