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¿Cómo puedo solicitar la importación de un equipo inalámbrico, una vez que este haya sido retenido por la Aduana?

Clasificación: 
Telecomunicaciones y radiocomunicaciones
Respuesta: 

La Aduana General de la República está encargada de realizar la retención de los equipos inalámbricos, según lo establecido por las regulaciones vigentes (Resolución 272/2015 del Ministerio de Comunicaciones) y le entregará al usuario un acta de retención (RAD), el cual debe ser presentado ante la Dirección General de Comunicaciones o en la Oficina Territorial de Control del Ministerio de Comunicaciones en la provincia correspondiente, en el periodo de tiempo previsto para el mismo. Dicha entidad se encargará de verificar si se ajusta a lo regulado y de tramitar la emisión del documento para la liberación del equipamiento, el cual le entregará oportunamente si procede la importación.

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