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¿Cómo es el proceso de certificación de los sistemas contables financieros?

Clasificación: 
Concesiones y permisos
Respuesta: 

Para la certificación de los sistemas contables financieros los pasos a seguir son:a)   Presentar solicitud: La entidad interesada es la encargada de realizar la solicitud y es necesario presentar los siguientes documentos:-Planilla de Solicitud (Anexo 3 de la Res. 12/2005 del Ministerio de Comunicaciones)-Dictamen de seguridad (Puede ser emitido por una de las dos entidades encargadas de certificar la seguridad en los sistemas: Segurmática o Acerprot)-Dictamen de adaptación a las normas contables cubanas (Puede ser emitido por alguna entidad especializada en consultoría económica, unas de ellas pueden ser: CIH, Interaudit, Conas, Canec, etc.)-Carta de acreditación del representante firmada y acuñada por el máximo dirigente de su entidad. Si su entidad ha presentado en el pasado otras solicitudes y se mantiene el representante esto no será necesario nuevamente.b)   Reunión de comisión interministerial: En esta reunión se evalúan los dictámenes de seguridad y adaptación, si se aprueba, se procede a elaborar y emitir el certificado que es entregado a la Oficina Territorial de Control (OTC) correspondiente la que se encarga de su entrega y cobro.En caso de no ser aprobada en la comisión, esta envía una comunicación a la OTC para informar las causas por las cuales no se procedió.c)   Trámites asociados a la certificación: La OTC es la encargada de realizar todos los trámites con los usuarios, recepciona la documentación, la tramita con la Dirección General de Informática del Ministerio de Comunicaciones y se comunica con el cliente para la entrega y cobro del certificado en caso de su aprobación, en el caso contrario comunica el estado del trámite para las correcciones pertinentes.Para más información referente al tema puede consultar los documentos legislativos vinculados a los sistemas contables – financieros: resolución 12/2005 del Ministerio de Comunicaciones sobre los requisitos informáticos adicionales para estos sistemas, la resolución 340/2004 del Ministerio de Finanzas y Precios sobre los procedimientos para dictaminar sobre el grado de adaptación de las Normas Contables Cubanas, la resolución Conjunta MFP-MIC del 2004 sobre los requisitos de obligatorio cumplimiento para estos sistemas y la resolución 579/2014 del Ministerio de Comunicaciones en la que designa al director general de informática, como autoridad facultada para emitir el certificado de inscripción de estos sistemas.Ante cualquier duda puntual pueden comunicarse con el correo electrónico: dirindustriasoftware@mincom.gob.cu  o vía telefónica al: 7882-8160

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