Ministerio de Comunicaciones de Cuba habilita uso, por la población, de Redes alámbricas y Wifi
La Gaceta Oficial Ordinaria No. 39 de la República de Cuba publica hoy, 29 de mayo de 2019, las Resoluciones 98 y 99 de 2019, del Ministerio de Comunicaciones, sobre los Reglamentos para las Redes Privadas de Datos y el empleo de Sistemas Inalámbricos de Alta Velocidad en las bandas de frecuencias de 2,4 GHz y 5 GHz.
Estas disposiciones habilitan y regulan la creación de redes privadas de datos para personas naturales, además de las de personas jurídicas.
Los reglamentos entran en vigor en un término de 60 días posteriores a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial. A partir de esta fecha los titulares de redes tienen 60 días más para formalizar su red de acuerdo a los requisitos que establecen las normas.
Estas normativas contribuyen a la informatización de la sociedad, al bienestar de los ciudadanos, a la soberanía del país, a evitar interferencias en el espectro radioeléctrico y a la prevención contra efectos nocivos de radiaciones no ionizantes. Ayudan a aumentar los canales de comunicación entre las personas y el acceso de los ciudadanos a las nuevas tecnologías.
En documento adjunto preguntas y respuestas frecuentes sobre el tema.