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Tres formas de comprar sellos del timbre electrónicos

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Tomado del periódico Trabajadores

Como parte de la agilización de los trámites a la población, varias entidades unieron esfuerzos para introducir desde este miércoles varias formas de pagar el impuesto sobre documentos por vía electrónica sin tener que utilizar los tradicionales sellos del timbre, los cuales se mantendrán también como una opción.

La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A (Etecsa), la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat), el Ministerio de Justicia (Minjus) y el grupo empresarial Correos de Cuba, son las entidades pioneras en la informatización de este tributo, uno de los más antiguos del país, pues su existencia antecede incluso a nuestras más recientes leyes del Sistema Tributario.

Una de las maneras que en lo adelante tendrán las personas para legalizar documentos que tengan efecto dentro del territorio nacional, será a partir del servicio que brindarán las dependencias de Justicia, tales como las notarías y los bufetes colectivos, explicó Francisco García Enríquez, coordinador de informatización del Minjus.

En esas dependencias una persona podrá pagar el impuesto sobre documentos en efectivo, como parte del cobro total del servicio; o acreditar el importe equivalente a los sellos del timbre correspondientes, mediante la aplicación electrónica Transfermóvil.

Similar procedimiento está ya disponible para abonar ese tributo en las oficinas municipales de la Onat cuando el contribuyente requiera realizar un trámite que necesite sellos del timbre, aseguró Alianis Moya Silveira, directora de Comunicación Institucional de la Administración Tributaria.

La otra manera de adquirir los sellos del timbre digitales será en las 740 dependencias informatizadas con que cuenta Correos de Cuba, donde sus clientes tendrán disponible en una aplicación digital 27 denominaciones diferentes de sellos virtuales con ese propósito, en dependencia del tipo de trámite que se quiera realizar, una cifra muy superior a las ocho estampillas de valor que ahora existen físicamente, explicó Líber Labrada Suárez, director de mercadotecnia de ese grupo empresarial.

Al comprar esas series de sellos electrónicos y acreditarlos a nombre de la persona que hará el trámite mediante su carné de identidad, se podrá luego utilizar en la dependencia donde se requiera el pago del impuesto sobre documentos.

Por último, Julio Antonio García Tápaga, director de comercio electrónico de Etecsa, explicó que los usuarios de Transfermóvil podrán también adquirir esos sellos del timbre virtuales mediante sus tarjetas bancarias, nuevo servicio que está disponible a partir de la última versión de esa aplicación publicada este martes, el cual tendrá además como atractivo la bonificación del 3% de su valor total.

Como advertencia importante para estas alternativas de pago electrónico que comienzan, se recomienda prestar especial atención al valor en sellos del timbre que se necesita para cada tipo de trámite que se va a legalizar (para no comprar de más ni de menos), así como introducir cuidadosamente en la aplicación electrónica el número del carné de identidad de la persona que será beneficiada.

Estas precauciones obedecen a que no es posible recuperar el dinero luego de que alguien adquiere tales sellos virtuales, que puede conservar para cuando requiere realizar otro trámite que implique pagar ese impuesto.

También se aclaró que en el caso de los trámites que realizan las dependencias de Justicia, si un funcionario se equivoca puede echar atrás el proceso en un plazo de 24 horas, para que el usuario recupere su dinero.

Una posibilidad que todavía no existe, será la de transferir sellos del timbre electrónicos del monedero virtual de una persona a otra. Pero sí es factible que alguien pague el referido tributo en lugar de otro individuo, si aporta el carné de identidad de quien será beneficiado por el trámite.

Estas soluciones informáticas no reemplazarán la emisión de sellos del timbre tradicionales, los cuales continuarán siendo aceptados por los citados organismos. Las estampillas impresas no podrán ser sustituidas por el sello electrónico cuando se trate de documentos que deben hacerse valer fuera del territorio nacional.

Como es sabido, en los últimos meses ha habido un incremento notable de las gestiones legales que requieren el pago del impuesto sobre documentos, lo que provocó problemas con la disponibilidad y distribución de los sellos del timbre tradicionales, los cuales implican además una importante erogación anual por el costo del papel, su impresión, distribución y custodia, pues se han consumido unos 24 millones de estampillas este año, de acuerdo con los datos de la Onat.

Solo las dependencias del Minjus, añadió Nelson Plutín, director de registros centrales de ese organismo, han emitido hasta noviembre último más de dos millones y medio de certificaciones (hay documentos que llevan más de un sello del timbre), en sus alrededor de 900 oficinas, entre registros civiles, comerciales, de la propiedad y notarías.

Esta digitalización del pago del impuesto sobre documentos debe continuar su extensión a otras instituciones públicas que emiten documentos gravados con ese tributo, como las oficinas del Carné de Identidad, y otra decena de organismos de la administración central del Estado.

https://bit.ly/3vF0GQR

Fuente: 
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